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División Operaciones Portuarias

Comunicado Nº 13/06

A LAS AGENCIAS / ARMADORES REFERENTE ARTÍCULO 19 DEL NUEVO REGLAMENTO ATRAQUE DE BUQUES PUERTO MONTEVIDEO.-


Se pone en conocimiento de todas las Agencias Marítimas y Armadores, que deberán tener presente el Artículo 19 - Excepción por corrección oportuna del CTA - del nuevo Reglamento de Atraques del Puerto de Montevideo que dice textualmente:

“Si el representante del buque que pierde el turno por no cumplir con el CTA anunciado, hubiera comunicado su incumplimiento, con una antelación mínima de 6 horas antes del CTA anunciado, la DOP podrá exceptuarlo de lo prescrito en el artículo anterior. La comunicación podrá ser realizada mediante el envió de un fax o correo electrónico a la MCO y deberá ser firmada el primer día hábil siguiente. La DOP llevará registro de los incumplimientos de los CTA anunciados. La reiteración de los incumplimientos por un mismo representante le hará perder este beneficio durante un año”.-

Deberán tomar conocimiento el Departamento Programación de Operaciones, Mesa Coordinadora y Sector Documental / Preliquidaciones, a través de la Mesa de Operaciones se deberá notificar a todas las Agencias Marítimas.-

El presente Comunicado se publicará en la página WEB de ANP, y se remitirá copia a la Capitanía del Puerto de Montevideo, OPIP Puerto de Montevideo y al Centro de Navegación.-

 

LA GERENCIA

Montevideo, martes 14 de septiembre 2006.-






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