MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBEN CUMPLIR LAS AGENCIAS Y EL BUQUE PARA ACTIVIDADES PREVISTAS EN EL RECINTO PORTUARIO.-
De acuerdo con lo dispuesto por el OPIP Puerto de Montevideo, se pone en conocimiento de las medidas de protección que deben cumplir las Agencias y el buque para actividades previstas dentro del recinto portuario:
- Suministrar documentación con la solicitud del Agente para realizar las actividades de referencia en la zona.
- Cronograma de actividades.
- Listado de personas esperadas cuando no es invitación al público en general, si las actividades involucran público en general o un flujo importante de personas (recepciones, etc), es muy importante su coordinación con la Gerencia de Operaciones Portuarias con la debida antelación y previo a su divulgación al público.
- Mantener y asegurar la zona de exclusión que se le asigne, para lo cual deberán colocar las barreras físicas necesarias.
- Si requiere estacionamiento para vehículos, el mismo será asignado por ANP de acuerdo a las áreas y en el lugar que se disponga, deberá ser para un número mínimo indispensable de vehículos, considerándose este estacionamiento parte de su zona de exclusión.
- El ingreso y salida del público hacia y desde la zona de exclusión deberá realizarse en vehículos, no estando permitido el ingreso o salida a pie.
- Disponer de personal de Seguridad, indicar su número, si pertenecen a la PNN, a empresa de Vigilancia o al Buque, e identificarlos adecuadamente.
- Colaborar con su personal de Seguridad para permitir el normal flujo de operaciones ya que deberán compartir la zona con actividades portuarias.
- Suministrar nombre y teléfono celular de Contacto del responsable de seguridad de la Agencia y del Buque, los que deberán estar disponible mientras duren las actividades.
- En Nivel 1, por temas relacionados con la Protección u Operaciones, el número de teléfono de contacto de la instalación portuaria es 1901733 (Mesa Coordinadora de Operaciones).
Deberán tomar conocimiento la Mesa Coordinadora, la Unidad de Seguridad Portuaria, a través de la Mesa de Operaciones se deberá notificar a las Agencias Marítimas.-
El presente Comunicado se publicará en la página WEB de ANP y, se remitirá copia al Centro de Navegación.-
C.C. Capitanía Pto. Montevideo
LA GERENCIA
Montevideo, Viernes 20 de julio 2007.-
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